San Juan, cada vez con menos poder para decidir sobre su propia cordillera y el futuro minero

Un análisis jurídico sostiene que el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada podría afectar de manera indirecta la soberanía y la titularidad que la Constitución reconoce a las provincias sobre sus recursos mineros, sin modificar una sola línea del Código de Minería.
Opinión20/07/2026Daniel G. SolarDaniel G. Solar

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El famoso rio Turquesa en Calingasta podría quedar en manos de las mineras si se aprueba la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

Nadie va a encontrar, en la letra del postergado proyecto libertario de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una sola mención al cobre o al litio que duermen bajo la cordillera sanjuanina. Y sin embargo, ahí es exactamente donde apunta. Eso sostiene, al menos, un análisis que circula entre especialistas: la ley no ataca el subsuelo de frente, lo rodea.

La Constitución de 1994 fue clara en un punto que San Juan conoce bien: el dominio originario de los recursos naturales pertenece a las provincias. Ese principio, consagrado en el artículo 124, es la base sobre la que San Juan y el resto de las provincias cordilleranas construyeron tres décadas de política minera. El problema, dicen quienes vienen estudiando el proyecto con lupa, es que la ley no necesita tocar ese artículo para vaciarlo de contenido. Le alcanza con mover las piezas de alrededor.

La primera pieza es la tierra. El proyecto flexibiliza la Ley de Tierras Rurales y elimina los topes generales a la compra de campos por parte de extranjeros, salvo que un Estado extranjero esté involucrado de forma directa o se invoque la “seguridad nacional”. Sobre el papel, es una reforma inmobiliaria. En los hechos, es sobre esos mismos suelos rurales donde se levantan los campamentos, los caminos de acceso y las plantas de procesamiento de un proyecto minero. Cambiar quién puede comprar esa tierra -y con qué velocidad- es cambiar, sin decirlo, las condiciones bajo las cuales San Juan otorga y administra sus concesiones frente al desembarco de grandes corporaciones transnacionales.

La segunda pieza es todavía más silenciosa: la expropiación. El Código de Minería ya establece que las minas son del dominio privado del Estado provincial, que las concede a privados para explotarlas. Pero cuando una provincia necesita esa tierra para un acueducto o una línea de alta tensión hacia un yacimiento, recurre a su “dominio eminente”: la expropiación. El proyecto reforma el artículo 10 de la Ley de Expropiaciones para obligar a pagar el lucro cesante acreditado: en un mineral estratégico como el litio o el cobre, calcular esas ganancias futuras puede disparar el costo a niveles que ninguna provincia puede afrontar. A eso se suma un test de razonabilidad que obliga al Estado a demostrar que no existía una alternativa menos restrictiva. El resultado es el mismo: la balanza se inclina hacia el propietario de la superficie, no hacia la utilidad pública del mineral que hay debajo.

Y después está el Registro de la Propiedad Inmueble, que el proyecto moderniza con una Ventanilla Única Federal y firma digital para las escrituras. Suena a puro trámite. Pero pensemos en lo que puede pasar cuando esa ventanilla no dialoga, de forma vinculante, con el Catastro Minero Provincial: un comprador podría certificar en minutos, desde cualquier parte del mundo, que un campo en la precordillera está “limpio” a nivel registral, mientras esa misma tierra tiene servidumbres o concesiones de exploración vigentes que solo figuran en los registros mineros provinciales. Ese desacople no es un detalle técnico: multiplica los litigios entre quien compró por internet y quien tiene la concesión sobre el subsuelo.

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La práctica del andinismo quedaría limitado a los permiso de las mineras si es aprobada la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

Algo parecido ocurre con las servidumbres de paso, esas franjas de tierra por donde corren los caminos, los acueductos y las líneas de alta tensión que toda mina necesita. Una nueva Red Federal de Publicidad de Inhibiciones agiliza el chequeo digital de si el dueño de un campo está embargado, lo que acelera la negociación de esos contratos. El costado incómodo: también saca del medio la negociación cara a cara con el propietario local, la que le daba a la comunidad algún margen de intervención.

La aprobación por silencio administrativo termina de cerrar el círculo. Lo que antes exigía trámites presenciales y controles fronterizos -el tiempo que una provincia necesita para evaluar quién se está quedando con su territorio- ahora se resuelve en un puñado de clics. Y un nuevo Consejo Federal de Registros, presentado bajo la bandera de la “seguridad jurídica”, empuja a homogeneizar las bases de datos provinciales con criterios diseñados en Buenos Aires, restándole a San Juan margen para proteger por su cuenta sus zonas de reserva minera.

Nada de esto figura, ni figurará, como una reforma al Código de Minería. Sus impulsores hablan de modernización registral, de agilizar el mercado inmobiliario y de volver más atractivo el país para la inversión extranjera, y no es un argumento menor en una provincia que necesita capital para desarrollar sus yacimientos. Pero quienes vienen marcando estas conexiones creen que el efecto acumulado -tierra desregulada, expropiación encarecida, registros centralizados- no es casual, sino el verdadero objetivo: quien controla la superficie termina condicionando lo que pasa con el subsuelo. Ese subsuelo es, para San Juan, la principal carta que la Constitución le puso en la mano en 1994.

Un dato para tener muy en cuenta: diversos especialistas sostienen que el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada podría afectar el funcionamiento del Instituto Provincial de Exploraciones y Explotaciones Mineras (IPEEM) al limitar, de manera indirecta, herramientas esenciales para la administración territorial de los proyectos mineros, como las expropiaciones, el control de la superficie y la coordinación registral. 

El proyecto de ley libertario que sufrió varias postergaciones en el Congreso de la Nación podría abrir la puerta a un proceso de mayor extranjerización de las tierras estratégicas, como los proyectos mineros que están en la Cordillera sanjuanina, al flexibilizar las restricciones vigentes para su adquisición por parte de inversores extranjeros. Por lo tanto, es hora que los legisladores sanjuaninos comiencen a estudiar el proyecto libertario y lo rechacen mediante una norma legal para mantener vigente el Artículo 124 de la Constitución Nacional. 

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