
FAM: "El equilibrio de género en los órganos es un mandato"
Lu Soria
El jueves 27 de febrero a las 12:20 horas, la Corte Suprema de Justicia le tomó juramento a Manuel García Mansilla, quien se transformó en el cuarto integrante de la corte, quedando así cubierta la vacante que la jubilación de Juan Carlos Maqueda dejó abierta.
En un breve comunicado, la Corte confirmó que se encontraron "cumplidas todas las formalidades correspondientes", y por eso se avanzó en la toma de juramento.
De esta forma, el nuevo integrante que Javier Milei quería, quedará sentado en el máximo tribunal antes de la Asamblea Legislativa del sábado y hasta el final del año legislativo, tal como sostiene la Constitución para las designaciones en comisión. El final será el 30 de noviembre de este año.
Sin embargo, el presidente recibió malas noticias porque la Corte no tomó el juramento del juez federal Ariel Lijo. Desde la Corte comunicaron que la situación de Lijo se tratará en la próxima reunión del 6 de marzo. Allí verificarán si se cumplen las condiciones necesarias para otorgarle la licencia extraordinaria sin goce de haberes que ayer consiguió el titular del Juzgado Federal 4 de Comodoro Py.
En el pasado, Lijo había logrado la aprobación de su pliego en la Comisión de Acuerdos del Senado. Según el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, su postulación obtuvo 3.578 adhesiones y 328 impugnaciones.
Las designaciones de Manuel García Mansilla y Ariel Lijo continúan recolectando críticas de diversas organizaciones, asociaciones y juristas. Recientemente la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM) emitió un comunicado firmado por Christian Fabio, Secretario General; Andrea Tormena, Directora de Políticas de Género, Igualdad y Diversidad de la Federación y Marcela Ruiz, Presidenta.
En su comunicado, las autoridades de la FAM expresaron enfáticamente que "la legitimidad y legitimación del Poder Judicial surgen de un estricto apego a la vigencia de los mandatos constitucionales". A continuación, manifestaron que el mecanismo de designación de jueces de la Corte Suprema establecido por la Constitución Nacional "es un acto complejo, que implica el análisis de los pliegos propuestos por la Presidencia del Senado y, luego, su eventual aprobación o rechazo. Este procedimiento tiende a maximizar la legitimidad de quienes accederán al máximo tribunal, dotarlos de estabilidad y garantizar su idoneidad e independencia. El equilibrio de género en la composición de todos los órganos de gobierno también es un mandato que no puede ser desoído".
Finalmente, pidieron a los organismos responsables de la designación, que esta se "realice en el marco de los consensos institucionales necesarios y de la normativa constitucional y convencional vigente".
Fuente: Tiempo Argentino y Chequeado
RELACIONADO:


Todas las irregularidades y negligencias judiciales del caso Agostina de Córdoba

El Gobierno de Milei privatizará más de 270 hectáreas de Córdoba y arruinaría el turismo

¿Qué dijo el abuelo de Agostina sobre la desaparición de su nieta?

Amargo despertar en las chacras por la desregulación de la yerba mate

Consumo en caída y deudas impagables alertan sobre colapso financiero

Un especialista calificó de ilegal la medida contra la Secretaria de Empleados Públicos

Fuerte repudio al gobierno nacional por el bajo salario de trabajadores de la salud

La diáspora en el PJ: Gramajo y Cabello tensan la cuerda y quedan al margen del mapa opositor

El pacto minero que se teje entre Nación y China a espalda de las provincias

Primera derrota judicial para Orrego: la Justicia ordena devolverle el código de descuento al SEP

Rawson: La jugada de Munisaga para blindar a los vecinalistas de la "ola de intervenciones"



