
Alerta sanitaria por la baja en las vacunaciones: especialista advierte sobre un escenario de brotes y falta de políticas públicas
Eduardo Arellano criticó la ausencia del Estado y advirtió que la cobertura cayó a niveles peligrosos.
La medida abarca a 135 distritos localizados en 15 de los 18 departamentos de la provincia: San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa, Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, General Alvear y San Rafael.
Nacionales11/01/2023
El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia agropecuaria en la mayoría de los departamentos de la provincia de Mendoza, para las explotaciones agrícolas afectadas por heladas.
Lo hizo a través de la resolución 9/2023 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que determinó la emergencia desde el 1º de diciembre último hasta el 31 de marzo de 2024, y además estableció que el 31 de marzo de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
El estado de emergencia abarca a 135 distritos localizados en 15 de los 18 departamentos de la provincia: San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín, Santa Rosa, Guaymallén, Las Heras, Lavalle, Luján de Cuyo, Maipú, General Alvear y San Rafael.
Previamente, a comienzos de noviembre, el gobierno mendocino declaró el estado de emergencia provincial a través del Decreto Provincial 1.975, y dispuso que quienes tengan una afectación del 50% hasta el 79% de su producción entrarán en la categoría de emergencia agropecuaria; mientras que quienes hayan sufrido daños de entre el 80% y el 100%, serán incluidos bajo el ítem desastre agropecuario.
Las heladas afectaron aproximadamente 10.000 hectáreas de viñedos y otras 10.000 de frutales, según indicó en ese entonces Sergio Moralejo, subsecretario provincial de Agricultura y Ganadería.
"Todas las zonas han tenido un daño relevante y en el Valle de Uco afectó fundamentalmente durazno, pero también viñedos. En la zona este, que concentra el 50% de la vitivinicultura, la helada ha afectado fundamentalmente eso, y en la zona sur, hay vitivinicultura, ciruela y durazno y ha sido fuertemente afectada así es que realmente ha sido un daño de magnitud", indicó el funcionario.
Mendoza presentó el decreto provincial a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios que, luego de analizar la situación, recomendó declarar el estado de emergencia por parte de Nación.
La disposición indicó que, para recibir los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
El Gobierno provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la resolución gocen de los beneficios previstos.
A fines de diciembre último, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificaron el acceso al sistema de emergencia agropecuaria, a través del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” y el formulario digital “Zona de Emergencia”.
La asistencia para las zonas en emergencia contempla, por un lado, la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas hasta el ejercicio siguiente a su finalización de la emergencia.
Asimismo, contempla la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados; y en caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire la emergencia.
Además, se prevé la deducción en el balance impositivo del impuesto a las Ganancias del 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.
Fuente: Télam

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