Derecho al olvido: la huella digital que niños y adolescentes no eligen dejar

Especialistas advierten sobre los riesgos de la sobreexposición infantil en redes sociales, su impacto en la salud mental y los desafíos legales que enfrenta Argentina para proteger la privacidad de menores en entornos digitales.
13/05/2026Valentina Romo MillánValentina Romo Millán

La huella digital comprende todos los datos e información fotos, videos, textos y otros contenidos, que en algún momento fueron subidos a internet, ya sea por la propia persona o por terceros. En ese marco, existe el derecho al olvido, una garantía vinculada al derecho a la privacidad y a la confidencialidad que permite solicitar la eliminación de esos contenidos cuando exista una razón legítima para hacerlo.

En paralelo aparece el fenómeno conocido como sharenting, es decir, la exposición de niños y adolescentes en redes sociales por parte de sus familias.

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Sin embargo, es necesario distinguir entre una práctica cotidiana y una problemática más compleja. Por un lado, existe un sharenting general, que consiste en compartir aspectos de la crianza, como fotos de cumpleaños o momentos familiares. Por otro, aparece el sharenting abusivo, vinculado a la monetización de la imagen de los hijos.

Casos mediáticos como los de Marley y Luciana Salazar instalaron el debate público, aunque también existen numerosos casos cotidianos menos visibles.

El doctor Marcos Ibarra explicó por qué estas prácticas resultan preocupantes: “Lo que se está observando a nivel mundial es que esta exposición puede dejar marcas en los niños, principalmente vinculadas a efectos graves sobre la salud mental. Se trata de una problemática relativamente nueva, que recién comienza a estudiarse en profundidad, pero ya se advierte que en niños hiperexpuestos existe un impacto significativo”.

Desde una perspectiva jurídica y sanitaria, uno de los aspectos que más preocupa es la relación entre la sobreexposición infantil y los delitos vinculados al abuso sexual.

Investigaciones realizadas en Australia detectaron que una proporción significativa de imágenes alojadas en sitios de explotación sexual infantil provenían originalmente de redes sociales, donde habían sido compartidas en contextos familiares o aparentemente inocentes.

Sobre este punto, Ibarra advirtió que el avance tecnológico agrava el escenario: “La problemática vinculada a la pedofilia existe desde el auge de las redes sociales, pero hoy se complejiza con las imágenes generadas por inteligencia artificial, que pueden agravar enormemente estas situaciones”.

El especialista también explicó el riesgo que representan los deepfakes, contenidos manipulados digitalmente mediante inteligencia artificial: “En jornadas del Instituto del Foro de Abogados contamos con la participación de una especialista argentina en deepfakes, quien advirtió sobre el crecimiento sostenido de denuncias vinculadas a imágenes sexuales generadas artificialmente”.

A esto se suma otro problema creciente en Argentina: el bullying, el ciberbullying y el grooming, fenómenos que encuentran en la exposición digital un terreno fértil.

En la provincia de San Juan, el Ministerio de Salud impulsa campañas de prevención frente al acoso escolar, una problemática que especialistas califican como crítica dentro de las instituciones educativas.

En ese sentido, Ibarra señaló: “Quienes trabajamos en temas vinculados al derecho, la educación y la salud sabemos que el acoso escolar es hoy un problema serio en las escuelas, y una parte de ese fenómeno puede estar relacionada con la sobreexposición digital”.

Aunque Argentina no cuenta aún con una legislación específica sobre sharenting, sí existen mecanismos judiciales para intervenir.

Entre ellos se encuentran las medidas autosatisfactivas, resoluciones urgentes que permiten solicitar a plataformas como Facebook o Instagram la baja inmediata de contenidos cuando exista riesgo de daño.

Al respecto, el especialista explicó: “Son medidas judiciales urgentes que se agotan con la decisión del juez. Se activan rápidamente a partir de la denuncia del menor, con patrocinio legal o mediante defensorías oficiales”.

Actualmente, las herramientas jurídicas más cercanas para abordar estas situaciones se encuentran en normas complementarias como la Ley Micaela, disposiciones del Código Civil y Comercial y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Entre las principales recomendaciones, los especialistas sugieren evitar fotografías donde aparezcan desnudos, posturas comprometedoras o situaciones que puedan generar burlas futuras, como caídas, accidentes o momentos íntimos de la primera infancia.

Una práctica cada vez más frecuente es difuminar los rostros para proteger la identidad de niños y niñas, aunque no constituye la única medida preventiva posible.

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