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title: "Corte: los jueces trasladados están mal designados pero los sostiene hasta que se nombren reemplazantes"
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description: "Consideró que estuvieron mal designados y que los traslados por decreto durante el gobierno de Macri no pueden ser definitivos, pero mantuvo en sus tribunales a los jueces cuestionados hasta que sean reemplazados por concursos y aprobados en el Senado."
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date_published: "2020-11-03T16:59:00-03:00"
date_modified: "2020-11-03T21:14:09-03:00"
category_name: "Nacionales"
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# Corte: los jueces trasladados están mal designados pero los sostiene hasta que se nombren reemplazantes

![Corte de Justicia](/download/multimedia.normal.8d0c6824711d750f.436f727465206465204a757374696369615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

La Corte Suprema**avaló la continuidad temporaria de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia** en la Cámara Federal, pese a que consideró **que estuvieron mal designados en ese cargo**. El tribunal, por cuatro votos contra uno (el presidente, Carlos Rosenkrantz, quería más todavía), reafirmó que **la Constitución Nacional determina que los jueces deben ser designados por concursos** y no por “***traslados definitivos”***, tal como venía ocurriendo con Bruglia, Bertuzzi y otros ocho magistrados.

Pero atento a cómo vienen desarrollándose los acontecimientos, el máximo tribunal decidió que los jueces que **llegaron a sus cargos en la Cámara Federal mediante un decreto firmado por el ex presidente Mauricio Macri** permanezcan allí hasta que, mediante un concurso convocado específicamente por el Consejo de la Magistratura, se designen a sus reemplazantes. Cualquier aspirante que reúna los requisitos podrá participar en ese concurso, incluso Bruglia y Bertuzzi.

El fallo, en el que coincidieron los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, **exhorta al Congreso a que legisle sobre los traslados de magistrados**, estableciendo un mecanismo claro y con validez legal para el futuro.

En un tono ciertamente ambiguo y rayano en la contradicción, el voto de mayoría declara la ***“inconstitucionalidad del Reglamento de Traslado de Jueces del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la resolución n° 155/00”***, es decir hace 20 años. Si ese mecanismo de traslado no es válido, entonces el Congreso debe dictar una ley que reglamente uno nuevo. Hoy, esa ley no existe. **Ergo: se acabaron los traslados por decreto.**

El fallo habla de las vocalías de la Cámara Federal a las que regresarán desde mañana Bruglia y Bertuzzi como ***“cargos ocupados”***, y dispone que el Consejo de la Magistratura debe convocar a un concurso para designar allí a los jueces definitivos **de acuerdo con lo establecido por la Constitución Nacional**.

¿Qué pasa en el mientras tanto?***“Los magistrados recurrentes en esta causa, y todos aquellos que ocupan transitoriamente cargos de la judicatura por traslado, continuarán ejerciéndolos y gozando de la garantía de inamovilidad hasta el momento en que sean designados por nombramiento los magistrados que ocupen de modo definitivo dichos cargos”***.

La mayoría coincidió en que***“nunca hubo en el derecho argentino ni en la designación de los actores una referencia a que el traslado sea definitivo. Por lo tanto, no hay derechos subjetivos ni aplicación retroactiva de la ley. Las costumbres contrarias a la constitución no generan derechos”***.

Ese era uno de los principales argumentos que esgrimían Bruglia, Bertuzzi y también el juez de Tribunal Oral Federal Germán Castelli. **El fallo sobre Castelli no salió hoy sino que quedó para el jueves próximo**, aunque dirá lo mismo que la sentencia que se conoció este mediodía.

***“Tampoco hubo ninguna norma que hable del carácter definitivo del traslado en el nombramiento de los actores”***, refrendó el voto mayoritario.

**Fuente:***Tiempo Argentino*

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