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title: "Nuevo Protocolo: Habilitarán obras privadas registradas en Planeamiento"
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description: "Se deberá contar con dos certificaciones para poder trabajar siguiendo un estricto protocolo de medidas de higiene y seguridad. El primero denominado “Obra Registrada DPDU” y el segundo es la \"autorización de circulación\"."
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date_published: "2020-04-19T02:36:00-03:00"
date_modified: "2020-04-19T03:04:28-03:00"
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# Nuevo Protocolo: Habilitarán obras privadas registradas en Planeamiento

![Ortiz Andino](/download/multimedia.normal.8a17ade4dc8c6559.4f7274697a20416e64696e6f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

En virtud de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno provincial para poner en marcha una ***"cuarentena administrada"***, el Ministerio de Obras y Servicios Públicas puso a disposición el trámite necesario para la habilitación de obras privadas.

Toda empresa o profesional actuante en obra privada que esté registrada en la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano (DPDU), **deberá contar con dos certificaciones para poder trabajar** siguiendo un estricto protocolo de medidas de higiene y seguridad velando por la salud del personal que se desempeñe en obra.

En este sentido, la empresa o su profesional actuante deberán [ingresar a este link](http://tramite.sanjuan.gov.ar/index.php/tramite/d/246) y descargar dos documentos para completar.

El primero, denominado “Obra Registrada DPDU”, donde deberá llenar la siguiente información:

- Nomenclatura catastral de la obra.
- Número de expediente en DPDU.
- Apellido y nombre del titular/razón social.
- Apellido y nombre del profesional interviniente/representante técnico.
- Matrícula profesional.
- Domicilio de la obra.

Con la información completa, deberá enviar el archivo a la siguiente dirección de correo: ***registro.obra.cv19@sanjuan.gov.ar***.

A partir de ese momento, desde la DPDU se corroborará la información y se le dará el visto bueno, g**enerando el certificado que será enviado a la misma dirección de correo del remitente.**

El segundo certificado a descargar y completar, se trata de la autorización de **circulación o para asistir al lugar de trabajo**, la cual será necesaria para el personal que se desempeñe en la obra. En este caso, el trámite también deberá ser realizado**por la empresa a cargo de la obra o el profesional actuante**. Dicha autorización deberá ser descargada y completada por los actores antes mencionados y otorgada directamente a cada uno de los trabajadores para poder circular.

Es importante resaltar que la gestión de dicho permiso**es responsabilidad de la empresa o profesional actuante**, como así también **garantizar la salud de los trabajadores** tomando las medidas necesarias sugeridas desde el Ministerio de Salud Pública de la Provincia para evitar la propagación del COVID-19. Sumado a ello,**la empresa o el profesional actuante se comprometerá a suspender la obra** si a su juicio o el de terceros, constituye un riesgo para los trabajadores y la población en general.

**Fuente:** *Prensa Gobierno*

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